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El salario mínimo, vital y móvil, se cae a pedazos

 

El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial el decreto en el que establece el nuevo valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), luego de que volviera a fracasar un acuerdo entre representantes de empresas y gremios en el marco del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil realizado el 18 de julio último.

De este modo, a partir del 1º de julio el salario mínimo aumentó a $ 254.231,91, lo que representa una suba real de 3,5% con respecto a junio ($ 234.315,12). Además, la Resolución 13/2024 estableció incrementos para los meses de agosto ($ 262.432,93), septiembre ($ 268.056,50) y octubre ($ 271.571,22).

Con el aumento de julio, el salario mínimo acumula una caída real del 34.1% (es decir, considerando el efecto de la inflación) con respecto a igual mes del año pasado, y de un 26,3% sobre noviembre de 2023, último mes antes de la asunción de Javier Milei (La Libertad Avanza) como presidente.

Como se explica en esta nota, el SMVM está garantizado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y fue reglamentado por la Ley de Contrato de Trabajo, que define al salario mínimo como el piso de ingresos que puede percibir un empleado como retribución por su trabajo.

La ley también establece que el SMVM no puede embargarse, salvo por deudas alimentarias.

Por su parte, el Convenio 131 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), señalar que a la hora de definir los montos del SMVM se deben tener en cuenta las necesidades de los trabajadores y de sus familias, al igual que factores como los requerimientos del desarrollo económico, niveles de productividad y alcanzar altos niveles de empleo.

Pero el salario mínimo también define el valor de otras prestaciones, como algunos programas sociales y, en ciertos casos, el valor de la cuota alimentaria para padres separados.

 

ROSARIO CLIMA

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