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Pichetto y Massot presentaron una cautelar para suspender el DNU que derogó la Ley de Tierras

 

Los diputados nacionales de Encuentro Federal, Miguel Ángel Pichetto y Nicolás Massot, presentaron una medida cautelar con el objetivo de suspender de forma inmediata los efectos del artículo 154 del DNU 70/23, el cual derogó la Ley de Tierras sancionada por el Congreso.

La presentación se realizó luego del fallo de la Corte Suprema del 29 de septiembre, que revocó la sentencia de la Cámara Federal de La Plata y rechazó la demanda promovida por el CECIM por "falta de legitimación".

Ante las reacciones que se generaron, el máximo tribunal tuvo que salir a aclarar expresamente que no se pronunció sobre la validez constitucional del artículo 154, ni sobre la intervención que corresponde al Congreso.

La presentación judicial se realizó ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 1, a cargo del juez Enrique Alonso Regueira, apenas días después de que la Corte revocara el amparo previo por cuestiones procesales.

Ante la urgencia del caso, los diputados pidieron además una medida interina de aplicación inmediata mientras se cumple el trámite previo que debe sustanciarse antes de resolver la cautelar. Subsidiariamente, solicitaron medidas destinadas a preservar el Registro Nacional de Tierras Rurales, mantener la información sobre las adquisiciones realizadas por extranjeros y hacer pública la existencia del proceso judicial.

El propósito central de la cautelar firmada por los legisladores es evitar una ventana de vulnerabilidad soberana. Argumentan que las compras de inmuebles rurales realizadas por capitales extranjeros mientras no rigen las restricciones legales podrían consolidarse permanentemente como "derechos adquiridos".

Los legisladores de Encuentro Federal señalaron que "como consecuencia de esa decisión, la derogación de la Ley de Tierras volvió a producir plenamente sus efectos" y "actualmente no rigen los límites que la norma establecía para la adquisición de tierras rurales por extranjeros: ni por porcentaje nacional, provincial o departamental, ni por nacionalidad o superficie. Tampoco rige la prohibición de adquirir inmuebles que contengan o sean ribereños de cuerpos de agua de envergadura y permanentes".

El escrito advierte que aun si la Cámara de Diputados llegara a rechazar el megadecreto en el corto plazo, las adquisiciones perfeccionadas durante estos días podrían quedar legalmente blindadas frente a futuras normativas de protección territorial.

En los fundamentos de la presentación, Pichetto y Massot sostienen que la derogación de la Ley 26.737 mediante un decreto de necesidad y urgencia es inconstitucional porque no existían las "circunstancias excepcionales" exigidas por la Carta Magna.

Para sustentar esta postura, destacaron que el Congreso de la Nación se encontraba en plenas condiciones de funcionar al momento de dictarse la norma. Además, recordaron un antecedente institucional clave: el propio Senado de la Nación ya votó formalmente en rechazo del DNU 70/23 en marzo de 2024.

Los diputados hicieron especial hincapié en que tanto la tierra rural como las cuencas hídricas constituyen recursos naturales estratégicos, escasos y no renovables, por lo que cualquier alteración en su régimen legal de disposición debe pasar obligatoriamente por el debate parlamentario y no por una decisión unilateral del Poder Ejecutivo.

Esta contraofensiva en los tribunales se complementa con la presión legislativa. Distintos bloques de la oposición, incluidos miembros de Encuentro Federal, firmaron formalmente el jueves el pedido de una sesión especial en la Cámara de Diputados para debatir y rechazar de forma definitiva el DNU 70/23.

 

ROSARIO CLIMA

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